El gobierno nacional elimina servicios de salud no POS, con la expedición de los decretos de la declaratoria de emergencia social en salud, cuya finalidad esencial era buscar recursos económicos dirigidos a cubrir los pasivos que tienen los departamentos con las EPSs del régimen subsidiado en salud y el FONSYGA con las EPSs.
Pero con el argumento de ampliar la cobertura a las personas del régimen subsidiado se atropella a los usuarios del régimen contributivo, pues al restringir la aplicación del POS, este queda limitado en la práctica a enfermedades generales, a un POS básico, y al sancionar con multas de 50 salarios mínimos legales vigentes a los médicos que formulen por fuera de este plan básico, limita su ejercicio profesional y reforma sin ninguna facultad la Ley 23 de 1981 sobre ética médica, acaba el acto médico y la relación médico-paciente; pone en peligro la vida de los usuarios del régimen contributivo, no permite la libertad de conciencia del médico, al limitar el diagnostico y la valoración del profesional tratante.
Al exigir justificar los servicios médicos excluidos del POS ante el comité técnico científico de las misma EPS, esta será juez y parte. Se crean nuevas trabas burocráticas, dejando sin solución médica la enfermedad y de esta manera se maltrata al paciente, quien se verá en la necesidad de acudir a servicios particulares, es decir, surge una nueva carga económica para los usuarios.
“El ministro de salud en su discurso es uno pero en realidad es otro”
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